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PREGUNTAS FRECUENTES

Atención a la ciudadanía

Preguntas frecuentes

En este espacio encontrará respuestas claras sobre el Concejo Municipal de Floridablanca, sus sesiones, funciones, obligaciones, derechos y aspectos relacionados con el régimen de bancadas, con el fin de facilitar la comprensión ciudadana sobre el funcionamiento de la corporación.

Sobre el Concejo Municipal

Información general de la corporación.

¿Qué es el Concejo Municipal de Floridablanca?

El Concejo Municipal de Floridablanca es una corporación administrativa de elección popular, integrada por 19 cabildantes elegidos para un período constitucional de cuatro años.

Su labor está orientada al estudio, debate y aprobación de iniciativas municipales, así como al ejercicio del control político sobre la Administración Municipal, en beneficio de la comunidad florideña.

¿Cuántos concejales integran la corporación?

El Concejo Municipal de Floridablanca está compuesto por 19 concejales, elegidos mediante votación popular para representar a la ciudadanía durante un período de cuatro años.

Sesiones del Concejo

Períodos y clases de sesiones.

¿Cuándo sesiona el Concejo durante el primer año del período constitucional?

Durante el primer año del período constitucional, el Concejo Municipal de Floridablanca sesiona en los siguientes períodos:

Primer período

Desde el 2 de enero hasta el último día del mes de febrero.

Segundo período

Del 1 de junio al 31 de julio.

Tercer período

Del 1 de octubre al 30 de noviembre.

¿Cuándo sesiona el Concejo durante el segundo, tercer y cuarto año?

Durante el segundo, tercero y cuarto año del período constitucional, el Concejo Municipal de Floridablanca sesiona en los siguientes períodos:

Primer período

Del 1 de marzo al 30 de abril.

Segundo período

Del 1 de junio al 31 de julio.

Tercer período

Del 1 de octubre al 30 de noviembre.

¿Qué clases de sesiones existen?

Las sesiones del Concejo pueden ser plenarias o de comisiones.

Las sesiones plenarias pueden ser ordinarias o extraordinarias, según el período y la forma en que sean convocadas.

¿Qué son las sesiones ordinarias?

Son aquellas en las cuales el Concejo se reúne por derecho propio durante los períodos legales u ordinarios y sus respectivas prórrogas.

¿Qué son las sesiones extraordinarias?

Son aquellas convocadas por el señor Alcalde en períodos diferentes a los legales. En estas sesiones, la corporación se ocupa exclusivamente de los asuntos señalados en la convocatoria.

Funciones del Concejo

Competencias institucionales principales.

¿Cuáles son las principales funciones del Concejo Municipal?
  • Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.
  • Adoptar planes y programas de desarrollo económico, social y de obras públicas.
  • Autorizar al Alcalde para celebrar contratos y ejercer funciones precisas que correspondan al Concejo.
  • Votar, conforme a la Constitución y la ley, los tributos y gastos locales.
  • Dictar normas orgánicas del presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos.
  • Determinar la estructura de la Administración Municipal y las funciones de sus dependencias.
  • Reglamentar los usos del suelo y vigilar actividades relacionadas con construcción y vivienda.
  • Elegir y posesionar al Personero y Contralor Municipal, cuando corresponda.
  • Dictar normas para el control, preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.
  • Aceptar la renuncia de los concejales cuando la corporación se encuentre sesionando.

Bancadas

Obligaciones y derechos de sus miembros.

¿Cuáles son las obligaciones de los miembros de bancada?
  • Asistir a las reuniones de bancada cuando sean citados por el coordinador.
  • Asumir la posición de la bancada más allá de su posición personal.
  • Representar y defender la posición de la bancada cuando hayan sido designados como ponentes.
  • Actuar como coordinador o vocero de bancada si han sido designados para tal fin.
  • Participar con voz y voto en las reuniones de bancada.
  • Solicitar reuniones de bancada cuando lo consideren necesario.
¿Qué derechos tienen los miembros de bancada?
  • Promover citaciones o debates e intervenir en ellos.
  • Participar con voz en las sesiones plenarias de la respectiva corporación.
  • Intervenir de manera preferente en sesiones donde se voten proyectos normativos.
  • Presentar mociones, interpelaciones y solicitudes de votación nominal o por partes.
  • Postular candidatos y solicitar verificaciones de quórum.
  • Proponer mociones de orden o de suficiente ilustración.
  • Solicitar permiso para no votar cuando existan conflictos de interés u objeción de conciencia.
  • Ser escuchados y votar en las reuniones de bancada.
  • Postular candidatos para elecciones internas de bancada o de la corporación.
  • Solicitar reuniones con los directivos del partido.

Régimen de bancadas

Obligaciones de partidos y movimientos políticos.

¿Qué obligaciones tienen los partidos y movimientos políticos frente a las bancadas?

Los partidos, movimientos políticos, movimientos sociales o grupos significativos de ciudadanos deben adecuar sus estatutos al régimen de bancadas, estableciendo reglas claras para su funcionamiento interno.

  • Definir reglas especiales para el funcionamiento de sus bancadas.
  • Establecer mecanismos para la toma de decisiones dentro de las corporaciones públicas.
  • Determinar el régimen disciplinario interno.
  • Establecer sanciones por la inobservancia de directrices de bancada.
  • Contemplar sanciones por inasistencia reiterada a reuniones de bancada.
  • Garantizar el debido proceso dentro de los procedimientos disciplinarios internos.
  • Definir mecanismos para comunicar sanciones a la Mesa Directiva de la corporación respectiva.
¿Qué debe garantizar el régimen disciplinario de los partidos?

El régimen disciplinario debe garantizar el derecho fundamental al debido proceso. Esto implica permitir el ejercicio del derecho de defensa, la presentación y contradicción de pruebas, la notificación de decisiones y la posibilidad de interponer el recurso de apelación ante la autoridad correspondiente del partido o movimiento político.

Concejo Municipal de Floridablanca

El Concejo Municipal de Floridablanca reafirma su compromiso con la transparencia, la participación ciudadana, el control político y el acceso claro a la información institucional, fortaleciendo los canales de comunicación con la comunidad florideña.